Cookies a la vista de todos, se implantan mensajes en las web que advierten de su uso

In Actualidad

Internet supone, cada vez, una parte más amplia de las economías locales, nacionales e internacionales. Concentrándonos en la parte que delimita a Internet como un lugar de negocio, es imprescindible para el desarrollo de la industria la garantía de una efectiva tutela de la privacidad. De ningún modo existirá un desarrollo en el ámbito digital sin la confianza de los usuarios de cualquier nivel, individual, ciudadanos, organizaciones o compañías.

La publicidad es el sector que hace la mayor parte de la inversión en Internet. Existen dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos, como las cookies que permiten obtener datos relacionados con los usuarios que según para qué servicios pueden ser utilizados, como por ejemplo, para servir publicidad. Esta característica de Internet hace necesario la necesidad de que el usuario sea plenamente conocedor de la recopilación de datos mediante cookies, su uso y la finalidad de su utilización.

Para ello existe una regulación comunitaria que requiere de un consentimiento informativo y la cual podéis obtener fácilmente en la Guía sobre el uso de cookies publicada en la web de la Asociación Española de la Economía digital.

Antes, esta normativa quedaba oculta en un documento que no todo usuario conocía, pero ahora queda evidente ante los ojos de cualquier navegante la utilización de cookies en las páginas web. Volviendo a ser actualidad. A esto es a lo que nos referimos:

En la parte superior, al acceder a la página, nos aparece un mensaje el cual dice literalmente:

«Esta web utiliza ‘cookies’ propias y de terceros para ofrecerte una mejor experiencia y servicio. Al navegar o utilizar nuestros servicios, aceptas el uso que hacemos de las ‘cookies’. Sin embargo, puedes cambiar la configuración de ‘cookies’ en cualquier momento.»

¿Qué es exactamente una cookie?

La LSSI (Ley de Servicios de la Sociedad de la Información) define cookie como cualquier archivo o dispositivo que se carga en el dispositivo con conexión a Internet del usuario con la finalidad de almacenar datos y que puede clasificarse en diversas categorías, por ejemplo, las referidas en el mensaje de los medios de información como El Periódico:

Cookies propias: Son aquellas que se envían al equipo terminal del usuario desde un equipo o dominio gestionado por el propio editor y desde el que se presta el servicio solicitado por el usuario.

Cookies de tercero: Son aquellas que se envían al equipo terminal del usuario desde un equipo o dominio que no es gestionado por el editor, sino por otra entidad que trata los datos obtenidos través de las cookies

Pero existen muchas más, otros por ejemplos serían:

Cookies de sesión: Aquellas que almacenan datos de los usuarios que acceden a una página web.

Cookies persistentes: los datos recogidos por estas cookies quedan almacenados en el terminal y pueden ser accedidos y tratados durante un periodo definido de tiempo por el responsable de la cookie, y que puede ir de  minutos a años.

La industria digital y el sector de la publicidad han de ser conscientes de la extrema importancia de la privacidad en Internet y la necesidad de cumplir con una normativa que establezca la confianza de sus clientes, de información y consentimiento, de transparencia y control.

La Agencia Española de Protección de Datos muestra el compromiso en el cumplimiento de la normativa en materia de cookies a través de una serie de propuestas, os transcribimos algunas de las que aparecen en la guía que regula su uso:

  • El artículo 22 de la LSSI que los prestadores de servicios podrán utilizar dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos en equipos terminales de los destinatarios, a condición de que los mismos hayan dado su consentimiento después de que se les haya facilitado información clara y completa sobre su utilización, en particular, sobre los fines del tratamiento de los datos, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
  • Quedan exceptuadas del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 22.2 de la LSSI las cookies utilizadas para alguna de las siguientes finalidades:1. Permitir únicamente la comunicación entre el equipo del usuario y la red.2. Estrictamente prestar un servicio expresamente solicitado por el usuario.

Esperamos haber dibujado un esbozo de qué es una cookie y de la necesidad de regular la privacidad en Internet, el gran mercado de negocios y publicidad, y para colaborar en su crecimiento se ha de cumplir la normativa que os exponemos del uso de cookies y que podéis consultar al completo en Adigital.

 

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